Villa La Angostura
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PASO CARDENAL SAMORÉ (ex Puyehué):

Es un cruce cordillerano que en el lado argentino va ascendiendo en altura hasta llegar a una altura sobre el nivel del mar de 1.314 m.s.n.m. Luego comienza a descender entre bosques de Lenga y en zig- zag hasta la aduana chilena pajaritos.
Desde Neuquén capital son 545 km. y desde Villa la Angostura 43 km.
El camino es de montaña y como advertencia de debe tomar mucha precaución en la época de invierno por la acumulación de nieve. Además de debe consultar el estado de las rutas en las oficinas de informes turísticos o llamando a vialidad provincial.

El paso permanece abierto durante todo el año, todos los días de 9:00 a 20:00 hs. Se conecta con la localidad chilena de Osorno.

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Requisitos para el ingreso a la República de Chile:
Los requisitos para el ingreso a Chile de personas de países limítrofes son: Documento de Identidad, Cédula de identidad o pasaporte.

Los requisitos para el ingreso a Chile de personas de países no limítrofes:
Deberán presentar pasaporte válido visado por autoridad consular argentina, salvo cuando convenios o acuerdos internacionales válidos para la República establezcan otros requisitos documentales.

Requisitos para ingresar de Argentina a Chile en vehículo particular:
- Tarjeta Verde del automóvil
- Carnet del conductor
- Último recibo de patentes.
- Documentos Personales.
- Los cristales de los vehículos deben tener grabado el número de patente.
En caso de viajar con auto que no sea de su propiedad, deberá portar la autorización original o fotocopia autenticada del titular del rodado, la que dejará expresa constancia que lo autoriza a exportar temporalmente el vehículo al país vecino.

Requisitos para el ingreso a la República Argentina:
D.N.I., o Cédula de Policía Federal o Pasaporte.

Requisitos para ingresar de Chile a la Argentina en vehículo particular:
- Documentos Personales.
- Tarjeta verde del automóvil
- Carnet de Conductor
- Autorización de la aduana Chilena para sacar el automóvil del país, en caso de viajar con auto que no sea de su propiedad, debe contar con la autorización del propietario, ante escribano público.

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Régimen de Menores:
Los menores de 21 años de nacionalidad argentina o radicada en el país, Para viajar al extranjero, además del D.N.I., o Cédula de Identidad de la Policía Federal o Pasaporte, deberá presentar:
- Si viaja solo, autorización de ambos padres ante escribano público, juez de paz o autoridad competente.
- Si viaja con la madre, autorización del padre ante escribano público, juez de paz o autoridad competente.
- Si viaja con el padre, autorización de la madre ante escribano público, juez de paz o autoridad competente.
- Los matrimonios con hijos menores de edad deberán portar Libreta de familia o partida de nacimiento autenticada, documento que certifica que los menores son hijos propios. Si el menor tuviera uno de los padres fallecidos, el otro deberá presentar el certificado de defunción.
Turistas:
Los extranjeros que ingresen a la Argentina como turistas, se les otorgará una residencia transitoria de hasta 90 días, el cual podrá renovarse una vez, pero luego deberá hacer abandono del país.
En ningún caso el turista está habilitado para trabajar.

Sr. Residente / Turista
El conductor de un vehículo que circule por países del Mercosur
deberá contar con la siguiente documentación:
• Documento de identidad válida para circular en el MERCOSUR.
• Licencia para conducir.
• Documento que lo califica como turista emitido por la autoridad migratoria.
• Autorización para conducir el vehículo, en caso de no ser conducido por su propietario, emitida por Autoridad Pública.
• Título u otro documento oficial que acredite la propiedad del vehículo.
• Comprobante de seguro vigente en el ámbito del MERCOSUR, previo a todos los viajes deberá contactarse con la Compañía Aseguradora.
• Si el vehículo es de alquiler, autorización para circulación en el MERCOSUR (ACM), otorgada por la empresa arrendataria.
• Los automotores registrados ante la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y de Créditos Prendarios, deberán tener grabados en los cristales el número de dominio